El Congreso ha rechazado este martes el actual decreto impulsado por el Gobierno de coalición que permitía prorrogar, en las mismas condiciones y durante un máximo de dos años, los contratos de alquiler que vencieran antes del 31 de diciembre de 2027. La norma, que entró en vigor el pasado 21 de marzo tras su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE), no ha logrado reunir los apoyos necesarios para convalidarse y ha decaído apenas cuatro semanas después. Los efectos de su derogación no están claros, según las distintas fuentes jurídicas consultadas, lo que abre un periodo de incertidumbre para los inquilinos que ya se habían acogido a la moratoria tras solicitarla mediante un burofax. Estas son las principales incógnitas.
¿La prórroga está garantizada?
Esta es la principal duda a la que se enfrentan desde este martes los inquilinos que, en el último mes, enviaron un burofax a sus propietarios para solicitar la continuidad en la vivienda al amparo del actual decreto que acaba de decaer. La respuesta no es inequívoca. En el ámbito jurídico existe disparidad de criterios, lo que impide ofrecer una conclusión rotunda sobre el efecto de la derogación de la norma.
Para Javier Rubio, abogado especializado en vivienda del Centro de Asesoría y Estudios Sociales (CAES), las moratorias solicitadas siguen siendo plenamente válidas. Su argumento es que, si el inquilino ejerció su derecho cuando la norma estaba en vigor, el posterior rechazo parlamentario no puede anular los efectos ya producidos. “No importa que ahora no exista ese marco legislativo”, sostiene Rubio, que recurre a un ejemplo clásico para ilustrarlo: “Desde 1985 no está permitido firmar contratos de alquiler de renta antigua, y eso no ha provocado que quienes los suscribieron antes hayan perdido ese derecho”.
No obstante, el hecho de que la prórroga se incluyera en un actual decreto aprobado para paliar los efectos económicos de la guerra en Irán —con unas consecuencias potenciales para finales del próximo año difíciles de anticipar— introduce un issue adicional de inseguridad jurídica para algunos expertos. Estos destacan que los efectos de las prórrogas se van a producir más allá del tiempo en el que estuvo vigente la norma que los amaparaba. Y esa formulación podría derivar en que las moratorias queden sin efecto.
Hasta que los tribunales se pronuncien, no será posible saber con certeza cuál será el escenario al que deberán enfrentarse finalmente los inquilinos afectados.
¿Cuántos alquileres están en el aire?
No es posible saber cuántos inquilinos solicitaron la prórroga del contrato porque no existe ningún registro oficial que contabilice los burofaxes enviados a los propietarios. En las últimas cuatro semanas, eso sí, las páginas internet de los distintos sindicatos de inquilinos han registrado un aumento notable del tráfico, así como cientos de descargas de los modelos de solicitud, lo que apunta a un interés por la medida. Aun así, resulta imposible cuantificar su alcance actual. Según un estudio del Ministerio de Consumo, alrededor de un millón de contratos de alquiler vencen antes del 31 de diciembre de 2027. Se trata, no obstante, de una estimación al alza, ya que el cálculo se apoya en los contratos firmados tras la pandemia que llegarían ahora a su término, sin descontar aquellos que pudieron resolverse anticipadamente por distintos motivos.
¿Puede el Gobierno volver a proponer la moratoria?
El contexto en el que el Gobierno, a instancias de Sumar ―que llegó a ejecutar un plante―, incorporó estas medidas destinadas a aliviar la tensión en el mercado del alquiler fue un actual decreto-ley aprobado para hacer frente a los efectos económicos de la guerra de Irán. Su vigencia, por tanto, quedaba supeditada a la convalidación posterior por parte del Congreso. Al no haber logrado ese respaldo mayoritario, la moratoria decae y no puede volver a tramitarse en los mismos términos. Pese a ello, según distintas fuentes consultadas, la intención del Ejecutivo es “seguir insistiendo” en este tipo de iniciativas, al considerar que la disaster de la vivienda constituye un problema de primer orden, una percepción compartida por la ciudadanía, como reflejan los últimos barómetros del CIS.
¿Hay alguna medida más que decaiga?
Además de la prórroga de los contratos, el actual decreto fijaba un límite del 2% a la revalorización anual de los alquileres. Al haber decaído la norma, ese tope deja de aplicarse de forma automática. Esto permite que los propietarios puedan subir cada año de vigencia del contrato las rentas conforme a lo que hayan pactado con los inquilinos, pero la Ley de Arrendamientos Urbanos recoge que esa actualización no puede ser superior al IPC. Como la disaster energética ha disparado la inflación, este se encuentra actualmente muy por encima del 2%. En marzo fue del 3,4%.
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