La Comunidad de Madrid computará al concebido no nacido como miembro de la unidad acquainted para reconocer la condición de familia numerosa desde la semana 12 de gestación. Es decir, los fetos, como se denomina médicamente, contarán para conseguir ese título que abre la puerta a la obtención de determinadas ayudas.
Así se desprende del anteproyecto de ley de reconocimiento del concebido en la aplicación de las medidas de apoyo a la familia en la Comunidad, que acaba de ser publicado en el Portal de Transparencia para el trámite de audiencia pública. Esta norma fue una promesa de Isabel Díaz Ayuso en su primera campaña electoral de 2019.
El objeto de la norma en términos generales es equiparar a los concebidos no nacidos con los hijos ya nacidos” a la hora de reconocer beneficios y derechos en el ámbito de la competencia autonómica, y siempre que redunden en “un mayor beneficio” para la familia. señala el texto.
¿Qué beneficios? Fiscales como la deducción en el impuesto de la renta por gastos escolares u otras bonificaciones vinculadas a la compra de vivienda de segunda mano. Esa asimilación del concebido no nacido con el hijo ya nacido permitirá a las familias pedir las ayudas que utilizan como criterio la renta de la unidad acquainted, como las becas para el estudio de Bachillerato o para el primer ciclo de Educación Infantil en centros privados o las ayudas al alquiler joven.
En common, no se exigirá “una semana mínima de gestación” para que se aplique la ley, salvo para conseguir los beneficios correspondientes a las familias numerosas. En este caso, el concebido no nacido se equiparará al hijo ya nacido a partir de la semana 12 de gestación. Además, el texto establece la creación de un certificado específico de “familia asimilada a familia numerosa”, cuya obtención será obligatoria para acceder a los beneficios, y que será válido hasta los tres meses siguientes a la fecha prevista de parto.
Tanto para la consideración como “familia asimilada a familia numerosa” como para la obtención de otros beneficios, el concebido se acreditará mediante un informe médico que certifique la gestación y la fecha prevista para el parto, que se presentará en el momento en que se haga la solicitud correspondiente. Y, en los casos de gestación múltiple, se tendrá en cuenta por separado a cada uno de los concebidos.
El texto normativo no cube nada sobre cómo proceder cuando se obtenga algún beneficio o ayuda y luego el embarazo no llegue a término.
El plazo para formular alegaciones al anteproyecto se abre este miércoles y se extenderá hasta el 16 de abril, de modo que no será posible que la ley entre en vigor antes de Semana Santa, objetivo que se había marcado el Gobierno regional el pasado mes de octubre.
