La justicia europea ha desestimado este jueves de manera definitiva el recurso interpuesto por Carles Puigdemont y Toni Comín contra la decisión inicial del Parlamento Europeo en el 2019 por el entonces presidente Antonio Tajani (PPE) de no reconocerlos como eurodiputados y no permitirles ocupar su escaño con el argumento de que no aparecían en la lista de electos remitida por la Junta Electoral Central (JEC) por no haber cumplido el requisito que fija la legislación nacional de pasar por el Congreso de los Diputados para acatar la Constitución. Aunque un informe prejudicial emitido hace unos meses daba la razón a los políticos catalanes, la sentencia dictada hoy reafirma la posición fijada anteriormente por el Tribunal Common de la UE y concluye que no cabe recurso contra la misma.
“El Tribunal Common declaró correctamente que el presidente del Parlamento Europeo no podía apartarse de la lista de diputados electos que las autoridades españolas le habían notificado oficialmente. En efecto, el presidente del Parlamento no dispone de ninguna competencia para controlar la exactitud de dicha lista, so pena de quebrantar el reparto de competencias entre la Unión y los Estados miembros”, ha explicado el TJUE en un comunicado de prensa publicado tras la lectura de la sentencia esta mañana en Luxemburgo.
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La decisión puede tener efectos directos sobre la situación de Comín, al que el Parlamento Europeo no le ha permitido de momento ocupar su escaño. Aunque fue reelegido en julio como eurodiputado, tampoco esta vez pasó por España para cumplir los trámites previstos y no figura por tanto en la lista enviada por la JEC a Bruselas. La institución esperaba conocer la sentencia de hoy para saber si podía hacer algo más que “tomar nota y acatar” la lista remitida por España o si por el contrario, como hizo en su día el entonces presidente David Sassoli (S&D), podía reconocerle no obstante como eurodiputado, apoyándose en una sentencia sobre el escaño de Oriol Junqueras.
Con su decisión de hoy, los jueces europeos dan la razón a la posición adoptada por la Eurocámara, bajo presidencia de Roberta Metsola (PPE). El Tribunal Common “no incurrió en error al afirmar que la imposibilidad, para los Sres. Puigdemont y Comín, de ocupar escaño en el Parlamento Europeo no derivaba de dicha instrucción. Si no pudieron hacerlo fue porque no figuraban en la lista oficial de resultados notificada por las autoridades españolas”, explica el TJUE, que puntualiza también que “las alegaciones contra la presunta negativa del presidente del Parlamento a comunicar a la comisión competente la solicitud de los Sres. Puigdemont y Comín al efecto de que se amparasen sus privilegios e inmunidades se dirigían contra un acto inexistente”.
Tras conocerse el fallo del tribunal europeo desde Junts se han mandado ánimos a Comín. “Continuaremos luchando y persistiendo en todos los frentes para dar voz y voto a lo que dicen las urnas, tal y como lo dicen las urnas”, ha manifestado el secretario basic de los posconvergentes en la pink social X.