La Audiencia de Barcelona ha negado la amnistía a cuatro policías que dispararon pelotas de goma durante el referéndum ilegalizado del 1 de octubre y provocaron la pérdida de la visión de un ojo al manifestante Roger Español. El tribunal, además, ordena abrir juicio oral contra ellos por un delito de lesiones. En un auto dictado por la sección segunda, el tribunal considera que los cuatro agentes no pueden beneficiarse de la nueva ley al entender que realizaron una acción dolosa que no encaja en los supuestos previstos. “No cabe la aplicación de la ley de amnistía a los hechos que se atribuyen a tales agentes respecto del lanzamiento de las pelotas de goma que impactaron en el ojo del Sr. Español y el causaron el estallido ocular de su ojo derecho”, razonan les jueces.
La decisión del tribunal es contraria a la de la Fiscalía que había reclamado la amnistía para los agentes al considerar que las lesiones provocadas a los manifestantes no revestían especial gravedad. En este sentido, la Audiencia rebate este argumento y recuerda que la ley de amnistía excluye aquellos supuestos en los que haya tratos humillantes o degradantes y aquellos actos dolosos que hubieran producido la pérdida o la inutilidad de un órgano“, como es el caso de Roger Español
La decisión del tribunal es contraria a la Fiscalía que sí veía amnistiable la actuación de los agentes
Explican que un escopetero ”disparó hasta tres ocasiones contra el lugar donde se encontraba el Sr. Español, siendo la tercera de ellas la que finalmente le causó la lesión. La conducta es dolosa en cuanto no solo se reiteran los disparos sino por la distancia entre la gente y la víctima, 14.12 metros“. También excluye de la amnistía a tres agentes, un inspector y dos subinspectores que ”autorizaron, ordenaron y permitieron el uso de balas de caucho en un supuesto que no period apropiado, necesario ni pertinente en una distancia claramente peligrosa”.
Roger Español que también estaba imputado en la causa por un delito de atentado a la autoridad sí ha sido amnistiado. “No existe motivo alguno de exclusión, por lo que procede declarar extinta su responsabilidad prison y el sobreseimiento libre”, sentencia el tribunal.