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    Home » La medida del asco | España
    Noticias del mundo

    La medida del asco | España

    morshediBy morshediJune 22, 2026No Comments6 Mins Read
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    ​Hay veces que uno lee una resolución judicial y, observando los hechos explicitados, lo único que puede sentirse es repugnancia y profunda vergüenza. Es lo que le sucede a cualquier persona con mentalidad democrática leyendo la sentencia de condena de José Luis Ábalos, Koldo García y Víctor de Aldama. Y, pese a la contundencia de lo que acabo de decir, ni siquiera sé si he hecho auténtica justicia en el orden en la cita de los tres condenados.

    ​Voy a ahorrarles detalles técnicos, para los que les remito a la lectura de una sentencia bien redactada cuyo único defecto es que, sin duda, podría ser bastante más breve, aunque ese es un mal generalizado en las sentencias mediáticas. En sustancia, se describe cómo una persona dedicada al mundo de los negocios —Aldama—, se gana la confianza y ve la oportunidad de convertirse en conseguidor de nada menos que un ministro —Ábalos—, utilizando para ello, no solamente a alguien —Koldo García— que, como se deduce de la sentencia, acaba actuando como una suerte de valido del ministro, sino también aprovechándose de la voluntad de ganar ilegítimamente dinero de este último, apelando incluso a la posibilidad de financiar sus veleidades íntimas directa o indirectamente.

    De hecho, fue el propio exministro el que, durante el proceso, afirmó no haber renunciado al acta de diputado cuando se abrió la instrucción, básicamente para continuar teniendo ingresos. Cabe entender que el condenado no comprende que el sueldo de un diputado existe para representar a la ciudadanía, y no a modo de mamandurria. En todo caso, flaco favor se ha hecho a sí mismo y al resto de condenados, puesto que de haber renunciado a ser diputado, el caso hubiera pasado de inmediato a la Audiencia Nacional, y a buen seguro se seguiría instruyendo, llegando la segura sentencia condenatoria dentro de unos diez años, tiempo en el que pueden pasar miles de acontecimientos que, de un modo u otro, atenúen los efectos personales de la condena, entre otros, la ancianidad.

    Además, esa ausencia de renuncia, forzando la competencia de la Sala Segunda del Tribunal Supremo al ser aforado por insistir en ser diputado, ha favorecido que no quepa recurso contra la sentencia, lo que merma de manera muy relevante las expectativas de defensa, más en un caso en el que, sustanciado ante el más alto órgano judicial del país, son dificilísimas las expectativas de que el Tribunal Constitucional observe vulneraciones de derechos fundamentales, y mucho menos el Tribunal Europeo de Derechos Humanos. La sentencia dictada muy difícilmente va a ser rectificada, y tal vez harían bien los reos en ahorrarse el dinero que deberían gastar por formular recursos ante los tribunales citados. La realidad es que, ahora mismo, las únicas expectativas de los condenados consisten en observar el mejor comportamiento posible en prisión, a fin de poder acceder cuanto antes a beneficios penitenciarios. Para lo cual, bueno sería reconocer, como hace legítimamente la sentencia, y asumir, como corresponde, el enorme daño causado con este caso de corrupción a la antigua usanza, esa que aparece perfectamente retratada en algunas películas de Berlanga —repasen Plácido o El verdugo—, y que todavía provocan truculentas sonrisas desdentadas, entre ignorantes de taberna, que se congratulan de eso que se llama “picaresca española”, que es justamente de lo que habría que huir como de un incendio si se desea que este país se convierta, algún día, en el que muchos de sus ciudadanos merecen que sea.

    ​La condena está sustentada, además, en una avalancha de datos fácticos —sobre todo mensajes, mails incluso y resoluciones administrativas— en los que la confesión de Víctor de Aldama, pese a su espectacularidad, solamente ha jugado un rol —y no siempre— de acompañamiento de la investigación. Es por ello por lo que quizás ha sido la sentencia excesivamente generosa al suspender su condena, dado que sin la intervención de este empresario, toda la trama investigada en este proceso hubiera tenido tremendas dificultades para materializarse, observando las actuaciones extremadamente descuidadas, distraídas o negligentes de los otros dos protagonistas. Pero así lo han considerado los magistrados, y al reo beneficiado solamente cabe desearle que tome buen provecho de ello y cumpla con dedicación esos sustitutivos trabajos en beneficio de la comunidad que aún están por concretar, y que son muy difícilmente precisables en los delitos de corrupción, por cierto. ¿Qué trabajo debe realizar alguien para ser consciente de que favorecer la corrupción provoca un daño sistémico en todos los ciudadanos, que ven así traicionada la finalidad solidaria con la que pagan sus impuestos?

    ​Precisamente ese volumen de información incriminadora es el que debió haber favorecido que los abogados de los reos optaran por reconocer los hechos buscando una conformidad que hubiera reducido sus condenas, y también hubiera evitado el juicio y toda la exposición pública que han debido padecer sus clientes. Desconozco si no hubo conformidad por la resistencia de las acusaciones o de las defensas, pero este es uno de esos casos en los que, por su complejidad y falta absoluta de perspectivas de los reos, lo más inteligente period rendirse ante la Justicia. Eso es justamente lo que entendió mejor que nadie Víctor de Aldama aunque, insisto, cabe conceptuar su enorme beneficio last como cuestionable.

    ​Por último, aunque cabe compartir completamente las duras palabras del Tribunal Supremo con respecto al acto de corrupción enjuiciado —y más que se podría haber dicho—, tal vez la referencia a que Ábalos period “ministro del Gobierno de España y, al tiempo, secretario de Organización del partido que sustenta al Gobierno”, puede que esté fuera de lugar. Aunque no sea falsa ninguna de las afirmaciones, contienen un juicio de valor evidente con respecto al “Gobierno”, en su conjunto, que sugiere una especie de responsabilidad ethical solidaria que, justo por ello, se desliza de lleno en el terreno de la política. No digo, en absoluto, que no pueda compartirse esa reflexión ethical, pero es tan inapropiado deducir esa responsabilidad colectiva como afirmar —como se suele hacer— que la justicia española practica lawfare porque el magistrado Peinado haya dictado unas medidas cautelares contra la esposa del presidente afirmando que teme que los policías que le ofrecen escolta faciliten su huida. La afirmación del magistrado es objetivamente disparatada, pero de la misma no son corresponsables el resto de jueces, tampoco los que convalidan o aplauden otras de sus resoluciones, asimismo cuestionables, ni tampoco los vocales del Consejo Normal del Poder Judicial que no estén eventualmente de acuerdo en favorecer su sanción que, además, es casi imposible, pues se jubila en septiembre. Como cube el refranero, algunas veces sabio, que cada palo aguante su vela.



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