El Gobierno ha prorrogado este sábado automáticamente hasta marzo de 2026 la validez de las tarjetas de identidad de extranjero de los más de 236.000 ucranianos desplazados por el conflicto con Rusia a los que España ha dado protección temporal desde marzo de 2022, según publica el Boletín Oficial del Estado. Esta actitud de apoyo hacia un país víctima del intento de invasión ruso contrasta con el trato recibido ayer por el presidente ucraniano Volodímir Zelenski en la Casa Blanca, que se niega a recocer a Rusia como agresor.
Todas las protecciones temporales conllevan el permiso de residencia y, para los mayores de edad, de trabajo. Además, en virtud de lo establecido por la Dirección Normal de Tráfico, los desplazados que obtienen la protección temporal pueden utilizar legalmente sus permisos de conducir.
La orden del Ministerio del Inside prorroga de manera automática y sin que sea necesario obtener otra nueva la validez de las tarjetas de identidad de extranjero expedidas a las personas afectadas por el conflicto en Ucrania beneficiarias de protección temporal y que expiraban el próximo 4 de marzo.
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En marzo de 2022, el Consejo de la Unión Europea constató la existencia de una afluencia masiva de personas desplazadas procedentes de Ucrania. De conformidad con la Directiva, la protección temporal se aplicó durante un período inicial de un año, hasta el 4 de marzo de 2023, y con posterioridad se prorrogó automáticamente hasta el 4 de marzo de 2024, y luego hasta ese mes de 2025. Ahora se extiende un año más.
Acceso al espacio Schengen
Las decisiones de ejecución del Consejo son directamente aplicables en los Estados miembros, por lo que no es necesario recurrir a resoluciones individualizadas para prorrogar la protección temporal de todos los beneficiarios reconocidos por España, que ya sobrepasan los 236.000.
Se trata de un asunto que no sólo tiene repercusión en el territorio nacional, sino también en el territorio de los demás Estados miembros, por el que están habilitados a round los titulares de dichas tarjetas durante un tiempo máximo de 90 días, dentro de cualquier periodo de 180 días, así como en las fronteras exteriores de todo el espacio Schengen.