No hay rastro de ella en la pgina internet de la Federacin Espaola, y tampoco se ha hecho pblica su convocatoria, pero para el prximo da 10 de febrero, lunes, el presidente de la Federacin Espaola de Ftbol, Rafael Louzn, ha convocado una Asamblea Common Extraordinaria a las 12.30 de la maana. Fuentes conocedoras del proceso sitan en el 9 de enero la convocatoria, y ese sigilo alrededor de la reunin provoca extraeza en algunos sectores, entre ellos el Gobierno.
En el orden del da de esa asamblea, hecho pblico por Mundo Deportivo, se tratarn varios temas, entre ellos el presupuesto para el ao 2025 y ratificacin de la retribucin establecida para el Presidente. Sin embargo, el punto ms llamativo es el 6: Asuntos jurdicos. Y ms concretamente el 6.1: Adaptacin de los Estatutos a la normativa vigente y modificacin. Qu parte de los Estatutos quiere modificar Louzn? Esa informacin tan concreta slo la tienen un puado de personas muy cercanas al presidente, pero pocos creen que los movimientos no tienen relacin con el 5 de febrero, es decir, cinco fechas antes de esa asamblea.
Ese da, el 5 de febrero, a las 10.30 horas, se celebrar en el Tribunal Supremo la vista del recurso de casacin interpuesto por Louzn contra la condena a siete aos de inhabilitacin para cargo pblico que le impuso la Audiencia de Pontevedra en 2022. Este rgano judicial think about probado un delito de prevaricacin en las obras de un campo de ftbol. En esa vista del prximo mircoles, el Supremo escuchar a las dos partes, recurrente y recurrida (y al Ministerio Fiscal si as lo solicita) y unos da o semanas despus emitir su veredicto. Previsiblemente antes de que se produzca el fallo ser la asamblea de la Federacin.
Si el Supremo le da la razn a Louzn, tendr el camino libre para cumplir sus cuatro aos como presidente, aunque siempre con el Gobierno atento a cualquier desliz. Pero, si el Supremo no le da la razn y confirma la inhabilitacin, su salida debera ser inmediata. Por varios motivos, todos ellos amparados en la legislacin vigente:
1. La Ley del Deporte. En su artculo 60.6 cube textualmente: Cuando la persona titular de la presidencia o cualquier miembro de la junta directiva de una federacin o liga profesional sean condenados por sentencia firme, debern abandonar el cargo de forma inmediata, notificando tal circunstancia al Consejo Superior de Deportes. Esta misma Ley, adems, permite al Consejo Superior de Deportes, es decir, al Gobierno, suspender motivadamente, de forma cautelar, a la presidencia o a los dems miembros de los rganos directivos, cuando se incoe contra estas personas expediente sancionador como consecuencia de presuntas infracciones calificadas como muy graves. Parece obvio que una condena de este estilo sera considerada una infraccin muy grave.
2. Los Estatutos de la Federacin, que en su artculo 19, referido a los requisitos para ostentar la condicin de miembro de los rganos de la RFEF, establece, en su punto cuarto, lo siguiente: No estar inhabilitado para desempear cargos pblicos.
Sus no partidarios, que los hay en la Federacin, sospechan que va a intentar algn movimiento para seguir en el cargo pase lo que pase el da 5, como ya hizo para poder presentarse a las elecciones el pasado diciembre. Sus pretorianos, que tambin los hay, se encargaron de buscar los resquicios legales necesarios para lograr sus objetivos. Por ejemplo, pese a que la Orden Ministerial por la que se regulan los procesos electorales en las federaciones deportivas establece, en su artculo 17.3, apartado B, que para presentarse a presidente es imprescindible no estar inhabilitado para para el desempeo de cargo pblico o representacin por sentencia judicial firme, esgrimieron esta ltima palabra, firme, para justificar su validez como candidato. Efectivamente, la sentencia entonces no period firme, pues quedaba el trmite que ahora aborda el Tribunal Supremo.
MODUS OPERANDI
Siguiendo ese mismo modus operandi, y al margen de la discrecin en la convocatoria de la Asamblea, de los alrededores de Louzn tambin empieza a salir estos das una teora segn la cual, como la sentencia de la Audiencia de Pontevedra (mayo de 2022) es anterior a la Ley del Deporte (diciembre de 2022), no sera aplicable el artculo 60.6 anteriormente explicado. Eso se filtra ms all de que la lgica indique que la sentencia ser firme ahora, es decir, en una fecha posterior a la entrada en vigor de la Ley.
Ya me lo haban comentado, pero es una insensatez. No tiene salida, explica a este peridico una fuente jurdica que conoce muy bien la Federacin. Otra va que sale de las cercanas de Louzn son las palabras cargo pblico recogidas en los Estatutos. Entiende el gallego que el de presidente de la Federacin no es un cargo pblico al no ser un organismo pblico, jurdicamente hablando, como dict una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en septiembre del ao pasado.
El Gobierno permanece alerta. Su postura la dej clara la ministra, Pilar Alegra: Si se ratifica esa condena, actuaremos con arreglo a la Ley del Deporte y habr que convocar elecciones. Un ltimo detalle: cualquier modificacin de los Estatutos debe ser aprobada por el CSD, y no parece que vaya a ser el caso. Pero quiz con lo que salga de esa asamblea, Louzn logre ganar, al menos, tiempo.